Preguntas frecuentes · Ley 21.719 · Chile
¿Mi empresa necesita un delegado de protección de datos (DPO)?
Consultoras y proveedores repiten que 'la ley obliga a nombrar un DPO'. El texto legal dice otra cosa: para empresas privadas la designación es voluntaria — y para las PyME trae una facilidad expresa que casi nadie menciona.
Lo que dice el art. 50
El delegado de protección de datos se designa en el marco del modelo de prevención de infracciones (arts. 49 y 50), que para los privados es voluntario: la ley usa 'podrá designar'. Lo designará la máxima autoridad y debe contar con autonomía.
La facilidad para PyME: en micro, pequeñas y medianas empresas, el dueño o su máxima autoridad puede asumir personalmente las funciones de delegado (art. 50 inc. 3°). Un grupo empresarial puede tener un delegado único.
Lo que SÍ es obligatorio para todos es el deber genérico del art. 48: adoptar acciones destinadas a prevenir infracciones.
Qué hace un delegado (funciones del art. 50)
- Informar y asesorar al responsable y a sus trabajadores sobre sus obligaciones.
- Supervisar el cumplimiento del modelo de prevención.
- Capacitar al personal.
- Elaborar un plan anual de trabajo y rendir cuenta.
- Ser punto de contacto con la Agencia y con los titulares.
Por qué igual conviene designar uno (aunque sea el dueño)
El modelo de prevención certificado (arts. 49 y 51) es atenuante expresa de responsabilidad ante una sanción (art. 36 N°5), y el certificado vigente aparece en el registro público del art. 39 como señal de cumplimiento. Además, el 14 ter pide publicar la individualización del encargado de prevención si existe. Designar formalmente al dueño como delegado en una PyME cuesta un documento — y suma todas esas ventajas.
Preguntas relacionadas
¿La designación del delegado requiere alguna formalidad?
La ley exige que lo designe la máxima autoridad del responsable y que tenga autonomía (art. 50). El kit incluye el documento de designación (documento 10) que deja constancia formal de nombramiento, funciones y medios.
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Hacer mi diagnóstico gratis →Artículos citados: Arts. 14 ter, 36 N°5, 39, 48, 49, 50, 51.
Fuente: texto consolidado oficial de la Ley N° 19.628 en su versión vigente al 1 de diciembre de 2026 (reformada por la Ley N° 21.719), Biblioteca del Congreso Nacional.
KitDatos es una herramienta documental de apoyo al cumplimiento — no constituye asesoría legal.