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Qué es el derecho de bloqueo según la Ley 21.719

El bloqueo es el freno de emergencia del titular: congela el tratamiento de sus datos mientras discutes otra solicitud suya. Y trae el plazo más corto de toda la ley: 2 días hábiles.

Cómo funciona

El art. 8 ter permite al titular pedir la suspensión temporal del tratamiento de sus datos mientras se resuelve otra solicitud pendiente (por ejemplo, una supresión u oposición discutida).

El procedimiento del art. 11 le fija reglas propias: debes responder en 2 días hábiles, y mientras no resuelvas, no puedes tratar los datos en cuestión. Si lo rechazas, la respuesta debe ser fundada y comunicarse electrónicamente a la Agencia.

Por qué exige preparación

  • 2 días hábiles no dan para improvisar: tu procedimiento de derechos debe tener el bloqueo cableado (quién recibe, quién decide, cómo se congela el dato en tus sistemas).
  • Responder fuera de plazo es infracción leve (34 bis); seguir tratando datos bloqueados te expone por impedir el ejercicio de derechos: infracción grave (34 ter).

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Artículos citados: Arts. 8 ter, 11, 34 bis, 34 ter.

Fuente: texto consolidado oficial de la Ley N° 19.628 en su versión vigente al 1 de diciembre de 2026 (reformada por la Ley N° 21.719), Biblioteca del Congreso Nacional.

KitDatos es una herramienta documental de apoyo al cumplimiento — no constituye asesoría legal.