KitDatosLey 21.719 · Chile

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Qué es la anonimización según la Ley 21.719

La anonimización es la puerta de salida de la ley: lo que se anonimiza de verdad deja de ser dato personal. El detalle está en el 'de verdad' — la definición legal es exigente.

La definición legal (art. 2 letra k)

Anonimización es el procedimiento irreversible en virtud del cual un dato personal no puede vincularse o asociarse a una persona determinada, ni permitir su identificación, por haberse destruido o eliminado el nexo con la información que la vincula, asocia o identifica. La propia ley remata: un dato anonimizado deja de ser un dato personal.

Para qué te sirve

  • Cumplir la caducidad del principio de proporcionalidad: al cumplirse el fin, los datos deben suprimirse O anonimizarse (art. 3 c) — anonimizar te permite conservar valor estadístico sin conservar riesgo.
  • Misma salida para las medidas precontractuales que no prosperaron (art. 14).
  • Cuidado con el estándar: si el proceso es reversible o deja nexos recuperables, no es anonimización — es a lo sumo seudonimización (art. 2 l), y el dato sigue siendo personal, con toda la ley encima.

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Artículos citados: Arts. 2 k), 2 l), 3 c), 14.

Fuente: texto consolidado oficial de la Ley N° 19.628 en su versión vigente al 1 de diciembre de 2026 (reformada por la Ley N° 21.719), Biblioteca del Congreso Nacional.

KitDatos es una herramienta documental de apoyo al cumplimiento — no constituye asesoría legal.