Glosario · Ley 21.719 · Chile
Qué es la anonimización según la Ley 21.719
La anonimización es la puerta de salida de la ley: lo que se anonimiza de verdad deja de ser dato personal. El detalle está en el 'de verdad' — la definición legal es exigente.
La definición legal (art. 2 letra k)
Anonimización es el procedimiento irreversible en virtud del cual un dato personal no puede vincularse o asociarse a una persona determinada, ni permitir su identificación, por haberse destruido o eliminado el nexo con la información que la vincula, asocia o identifica. La propia ley remata: un dato anonimizado deja de ser un dato personal.
Para qué te sirve
- Cumplir la caducidad del principio de proporcionalidad: al cumplirse el fin, los datos deben suprimirse O anonimizarse (art. 3 c) — anonimizar te permite conservar valor estadístico sin conservar riesgo.
- Misma salida para las medidas precontractuales que no prosperaron (art. 14).
- Cuidado con el estándar: si el proceso es reversible o deja nexos recuperables, no es anonimización — es a lo sumo seudonimización (art. 2 l), y el dato sigue siendo personal, con toda la ley encima.
¿Qué le falta a TU empresa para cumplir?
Responde 8 preguntas y obtén tu puntaje de riesgo con las brechas exactas y el artículo que infringe cada una. Gratis, sin tarjeta.
Hacer mi diagnóstico gratis →Artículos citados: Arts. 2 k), 2 l), 3 c), 14.
Fuente: texto consolidado oficial de la Ley N° 19.628 en su versión vigente al 1 de diciembre de 2026 (reformada por la Ley N° 21.719), Biblioteca del Congreso Nacional.
KitDatos es una herramienta documental de apoyo al cumplimiento — no constituye asesoría legal.